Somos la sede del Gobierno Local designado como Ayuntamiento del Municipio San Antonio de Guerra institución que fue elevada a municipio el 24 de febrero de 2004, a través de la Ley 106-04.
Visión Municipal
San Antonio de Guerra; un municipio limpio, ordenado y seguro, de administración pública eficiente y transparente, que fomenta el desarrollo de la juventud y la equidad de género, con ciudadanos/as capacitados/as, que valora sus tradiciones culturales y el deporte, que impulsa el desarrollo agropecuario, con una economía sostenible, servicios sociales de calidad, y una política medioambiental funcional.
Misión Municipal
Promover el desarrollo sostenible de San Antonio de Guerra, mediante una gestión municipal planificada, transparente y participativa, que ofrece servicios de calidad, e impulsa la cultura, el deporte, la educación y la economía local.
Valores
Transparencia, Honestidad, Apertura y Vocación de Servicio.
Ley 176-07 asigna las siguientes atribuciones
Corresponde al Ayuntamiento, conforme el artículo 19 de la Ley No. 176-07, las siguientes:
- Ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías urbanas y rurales.
- Normar y gestionar el espacio público, tanto urbano como rural.
- Prevención, extinción de incendios y financiación de las estaciones de bomberos.
- Ordenamiento del territorio, planeamiento urbano, gestión del suelo, ejecución y disciplina urbanística.
- Normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y jardines.
- Normar y gestionar la protección de la higiene y salubridad públicas para garantizar el saneamiento ambiental.
- Construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, pavimentación de las vías públicas urbanas, construcción y mantenimiento de caminos rurales, construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales.
- Preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio.
- Construcción y gestión de mataderos, mercados y ferias.
- Construcción y gestión de cementerios y servicios funerarios.
- Instalación del alumbrado público.
- Limpieza vial.
- Servicios de limpieza y ornato público, recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos.
- Ordenar y reglamentar el transporte público urbano.
- Promoción, fomento y desarrollo económico local.
- Garantizar un desarrollo armónico de los asentamientos urbanos y la preservación de los recursos naturales y un medio ambiente sostenible.
- Facilitar las informaciones sobre sus archivos, a fin de promover la participación de todos los ciudadanos en la gestión municipal.
- Fomentar la colaboración ciudadana en la gestión municipal, a fin de promover la democracia local y la participación activa en asuntos de su competencia.
En adición a las competencias establecidas en el Art. 19 de la Ley de Municipios Núm. 176-07, el Ayuntamiento del Municipio San Antonio de Guerra, podrá ejercer otras atribuciones compartidas o coordinadas a la función de la Administración Pública, tales como:
- Coordinación en la gestión de la prestación y financiación de los servicios sociales y la lucha contra la pobreza, dirigido a los grupos socialmente vulnerables, y principalmente, a la infancia, la adolescencia, la juventud, la mujer, los discapacitados y los envejecientes.
- Coordinación, gestión y financiación de la seguridad ciudadana y mantenimiento del orden público.
- Coordinación y gestión de la prestación de los servicios de atención primaria de salud.
- Promoción y fomento de la educación inicial, básica y capacitación técnico-vocacional, así como el mantenimiento de los locales escolares públicos.
- Coordinación de la provisión de los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
- Promoción de la cultura, el deporte y de la recreación.
- Defensa civil, emergencias y previsión de desastres.
- Promover la prevención de la violencia intrafamiliar y de género, así como de apoyo y protección de derechos humanos.
- Desarrollo de políticas públicas focalizadas a mujeres jefas de hogar y madres solteras.
- Promoción y fomento del turismo.